“La lejislacion del Estado es muy copiosa por la mayor parte de casos par ticulares incoherente y aun contradictoria y muchas veces nada conforme á los principios establecidos Se ha lejislado hasta el prurito y sin tino ni órden es por decirlo de una vez una lejislacion miscelánica y en la mayor parte inú til y aun perjudicial y remediar en lo posible tamaños males ha sido la mira principal de esta Compilacion.”
Pbro., Dr. y Licenciado Isidro Menéndez Posada, 1855
en la Introducción de su célebre “Recopilación de leyes del Salvador”
Durante el Imperio Romano, las Acta Diurna difundían las leyes mediante edictos que se leían en las plazas públicas. Con la caída del Imperio Romano, esta tecnología se perdió.
Volvió a surgir entre los pueblos nórdicos y germánicos.
La tradición permaneció oral, hasta el primer Diario Oficial del que se tiene noticia es el del Reino de Suecia, publicado por primera vez en 1645, seguidos por el del Reino Español en 1661 y el Reino Inglés en 1665.
En El Salvador, el primer diario oficial se publicó el 23 de marzo de 1847. Su circulación era muy limitada.
En 1855, el Pbro., Dr. y Licenciado Isidro Menéndez Posada, por encargo del Presidente de la República, Don José María San Martin, publicó el Tomo I de la “Recopilación de las leyes del Salvador en Centro América”, más adelante conocida como “Recopilación de Leyes Patrias”.[1]
En 1955, para conmemorar los 100 años de la publicación de la “Recopilación de Leyes Patrias”, la Asamblea Legislativa ordenó crear una nueva recopilación de Leyes de la República, que fue publicada en Febrero de 1960 por el Ministerio de Justicia y se convirtió en el estándar de la profesión legal en El Salvador.[2]
Esa misma edición se mantuvo en uso hasta los inicios de los años 80´s. Era común ver esas recopilaciones con papeles pegados encima de las páginas originales, con las reformas que habían sufrido las leyes.
A mediados de los 80´s, cuando comenzaron las computadoras personales, algunos tuvieron la visión de digitar dicha recopilación y, usando el “CTRL+F” (“CTRL+B” en español) de los procesadores de texto de la época (WordStar, WordPerfect), encontrar palabras dentro de la ley. Fue una primera revolución en las búsquedas de información legal relevante.
A principios de los 90´s aparecieron programas como Lotus Magellan, que dieron pie a una segunda revolución. Permitía hacer búsquedas de una serie de distintos documentos, sin tener que abrir cada uno por separado, uno a la vez. Si la palabra que buscabas estaba en tu disco duro, Magellan encontraba el archivo correcto. Magellan permitió hacer demostraciones a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, ministros del Órgano Ejecutivo, Diputados, Embajadores y otros que les convenció de incorporar tecnología en la administración de justicia.
De esta iniciativa nació el germen de lo que hoy es el Centro de Documentación Judicial, y se creó el ambiente adecuado para que se aprobara y ratificara la reforma del Art. 172 inc. 4º Cn que asignó al Órgano Judicial el 6% de los ingresos corrientes del presupuesto del Estado. Antes, el Órgano Judicial recibía menos del 1%. La información se distribuía en CDs, pero aún dependía del poder de la máquina del usuario para sus búsquedas. Esta fue al tercera revolución.
En paralelo a estos avances, se desarrolló “cloud computing” que es la versión mejorada de “client/server computing”. Anteriormente, las búsquedas se realizaban en tu propia computadora. Por lo tanto, la velocidad de la búsqueda dependía de la computadora que tenías. Esta lógica se rompió, primero con “client/server computing” y luego se potenció y explotó con “cloud computing”. Con estas tecnologías, tus búsquedas ya no se realizan por tu computadora. La computadora es nada más una terminal de entrada de datos que envía los términos de búsqueda a supercomputadoras, que realizan la búsqueda con sus recursos, y te devuelve solo la respuesta. Esta fue la cuarta revolución.
Ahora damos por sentado contar con toda la información de www.jurisprudencia.gob.sv, y poder accederla por internet, y con tiempos de respuesta casi instantáneos. www.jurisprudencia.gob.sv unió la tercera y la cuarta revolución, para dar pie a la quinta revolución.
Bienvenido IurisAccessAi, la sexta revolución.
Superficialmente, parece que es lo mismo que buscar dentro de la página de búsqueda de https://www.jurisprudencia.gob.sv/busqueda/busquedaLibre.php?id=1 o de https://www.asamblea.gob.sv/leyes-y-decretos/busqueda-decretos pero no es así.
Por el contrario, es muy diferente. Con las herramientas de la tercera generación, tienes que saber qué estás buscando antes de comenzar la búsqueda, y debes escribirlo tal como está escrito en los registros. Por ejemplo, sin está escrito con un error de ortografía, no lo va a encontrar. Si está en otro idioma, no lo va a encontrar. Si se escribió un sinónimo, no lo va a encontrar. Si es verbo y está en otro tiempo, no lo va a encontrar.
IurisAccessAi, gracias a su tecnología de punta en Inteligencia Artificial y aprendizaje autónomo de máquina, sí los encuentra. ¿Cómo lo logra? Cuando inicias una búsqueda, el requerimiento es pasado a un sistema de inteligencia artificial que, utilizando una supercomputadora, compara tu requerimiento contra una gigantesca base de datos. A marzo de 2023, dicha base de datos ha acumulado 8,000,000,000 (8 billones) de registros y 8,000,000,000,000 (800 billones) de datos.
Por ello entiende sutilezas de lenguaje, o sinónimos, o palabras derivadas, singulares y plurales, masculinos y femeninos, errores de ortografía, o incluso la misma palabra dicha en otros idiomas.
Tus términos de búsqueda son a la vez ampliados y refinados y esa redefinición es la que busca dentro de los documentos que le has definido como el universo de búsqueda.
Y todo esto sucede … ¡en fracciones de segundo! ¡Casi que tardas más en escribirlo que en tener la respuesta! ¡Y lo puedes buscar hasta con una computadora (tu teléfono) de menos de $100!
La próxima vez que busque algo en IurisAccessAi, recuerda que estás parado sobre los hombros de gigantes.[3]
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Bienvenido IurisAccessAi, la sexta revolución.
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[1] Versión digital de la Recopilación disponible en https://www.google.com.sv/books/edition/Recopilacion_de_las_leyes_del_Salvador/t04tAQAAMAAJ?hl=en&gbpv=1&dq=recopilaci%C3%B3n+de+leyes+del+salvador+isidro+menendez&pg=PA77&printsec=frontcover [2] Facsímil digitalizado de la portada de dicha recopilación disponible en https://books.google.com.sv/books/about/Recopilaci%C3%B3n_de_leyes_Febrero_1960_dici.html?id=84VNAAAAMAAJ&redir_esc=y [3] La frase "Nos paramos sobre los hombros de gigantes" se atribuye comúnmente a Sir Isaac Newton, aunque cabe señalar que Newton mismo reconoció que tomó prestada la expresión de otros. En una carta a Robert Hooke en 1676, Newton escribió: "Si he visto más lejos, es porque estoy sobre los hombros de gigantes". La frase es una forma metafórica de expresar gratitud hacia aquellos que vinieron antes y contribuyeron a nuestro conocimiento y comprensión, enfatizando la naturaleza acumulativa del progreso humano.
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